09-10-2013, 06:06 PM
David F.L. ha sido condenado por el juzgado de lo penal número 9 de Madrid a tres meses de prisión por un delito de maltrato a animal doméstico, por matar a su perra de una patada.
El propio acusado se ha autoinculpado ante el juez. El 5 de junio de 2008 David F.L pateó a su perra, llamada 'Chula', porque había defecado y meado en el interior de su domicilio. La patada le causó graves lesiones internas en el hígado" que propiciaron su muerte.
La condena incluye la inhabilitación especial del acusado para el ejercicio de cualquier profesión u oficio que tenga relación con el cuidado, custodia o compra-venta de animales domésticos por un tiempo de dos años.
En la sentencia, el Juzgado concede al procesado la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad por el plazo de dos años, siempre y cuando no delinca en ese periodo.
En caso contrario, se revocará la suspensión y se procederá a la ejecución de la pena.
El Refugio, organización sin ánimo de lucro personada en el juicio como acusación particular, ha señalado la importancia de esta sentencia "pionera en España".
Nacho Paunero, presidente de la asociación ha destacado que se trata de "un paso de gigante en la defensa de los derechos de los animales en España, contando con que la condena hubiese sido mucho mayor si los hechos hubieran sido juzgados por el vigente código penal, que contempla un endurecimiento de las penas frente al anterior código".
El propio acusado se ha autoinculpado ante el juez. El 5 de junio de 2008 David F.L pateó a su perra, llamada 'Chula', porque había defecado y meado en el interior de su domicilio. La patada le causó graves lesiones internas en el hígado" que propiciaron su muerte.
La condena incluye la inhabilitación especial del acusado para el ejercicio de cualquier profesión u oficio que tenga relación con el cuidado, custodia o compra-venta de animales domésticos por un tiempo de dos años.
En la sentencia, el Juzgado concede al procesado la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad por el plazo de dos años, siempre y cuando no delinca en ese periodo.
En caso contrario, se revocará la suspensión y se procederá a la ejecución de la pena.
El Refugio, organización sin ánimo de lucro personada en el juicio como acusación particular, ha señalado la importancia de esta sentencia "pionera en España".
Nacho Paunero, presidente de la asociación ha destacado que se trata de "un paso de gigante en la defensa de los derechos de los animales en España, contando con que la condena hubiese sido mucho mayor si los hechos hubieran sido juzgados por el vigente código penal, que contempla un endurecimiento de las penas frente al anterior código".
Saludos alados,<br /><br />http://misaves.pajarosilvestre.es/<br /><br />